NOCIÓN METAFÍSICA DE LA LIBERTAD

René Guénon

 

Para probar metafísicamente la libertad sin necesidad de enredarse en los argumentos filosóficos ordinarios, es suficiente con establecer que se trata de una posibilidad, pues lo posible y lo real son metafísicamente idénticos. En principio, podemos definir la libertad como la ausencia de coacción: definición negativa en la forma pero que aquí, sin embargo, es positiva en el fondo, pues es la coacción lo que es una limitación, es decir, una verdadera negación. Ahora bien, en cuanto a la Posibilidad universal considerada más allá del Ser, es decir, en cuanto No-Ser, no podemos hablar de unidad, como anteriormente dijimos, puesto que el No-Ser es el Cero metafísico, pero podemos al menos, empleando siempre la forma negativa, hablar de "no-dualidad" (advaita). Allí donde la dualidad no existe, no puede haber ninguna coacción y esto basta para probar que la libertad es una posibilidad desde el momento que proviene de forma inmediata de la "no-dualidad", que está evidentemente exenta de toda contradicción.

    Podemos añadir que la libertad es no sólo una posibilidad, en el sentido más universal, sino también una posibilidad de ser o de manifestación; es suficiente para pasar del No-Ser al Ser, pasar de la "no-dualidad" a la unidad: el Ser es "uno" (siendo el Uno el Cero afirmado) o, más bien, la Unidad metafísica misma, primera afirmación, pero también, por eso mismo, primera determinación. Lo que es uno está manifiestamente exento de toda coacción, de forma que la ausencia de coacción, es decir, la libertad, se reencuentra en el dominio del Ser, donde la unidad se presenta, por decirlo así, como una especificación de la "no-dualidad" principal del No-Ser; en otras palabras, la libertad también pertenece al Ser, lo que equivale a decir que es una posibilidad de ser o, según lo que anteriormente expusimos, una posibilidad de manifestación. Además, decir que esta posibilidad es esencialmente inherente al Ser como consecuencia inmediata de su unidad, es decir que se manifestará en un grado u otro en todo lo que procede del Ser, es decir, en todos los seres particulares en tanto que pertenecen al dominio de la manifestación universal. Ahora bien, desde el momento que hay multiplicidad, como es el caso en el orden de las existencias particulares, es evidente que no puede hablarse más que de libertad relativa; y se puede considerar a este respecto, ya sea la multiplicidad de los seres particulares mismos, ya sea la de los elementos constitutivos de cada uno de ellos. En lo concerniente a la multiplicidad de los seres, cada uno de ellos en sus estados de manifestación está limitado por los otros, y esta delimitación puede traducirse por una restricción de la libertad, pero decir que un ser cualquiera no es libre en ningún grado, equivaldría a decir que no es él mismo, que es "los otros", o que no tiene en sí mismo su razón de ser, ni siquiera inmediata, lo que en el fondo supondría decir que no es en ninguna medida un ser verdadero. Por otra parte, puesto que la unidad del Ser es el principio de la libertad, tanto en los seres particulares como en el Ser universal, un ser será libre en la medida que participe de esta unidad; en otras palabras, será tanto más libre cuanta más unidad haya en sí mismo, o cuanto más "uno" sea; pero como ya hemos dicho, los seres individuales no lo son nunca más que relativamente. Por otra parte, interesa recalcar sobre este punto que no es precisamente la mayor o menor complejidad de la constitución de un ser lo que le hace más o menos libre, sino el carácter de esta complejidad, según esté más o menos unificada de manera efectiva; esto se deduce de lo que anteriormente expusimos sobre las relaciones de la unidad y la multiplicidad.

    La libertad así enfocada es pues una posibilidad que, en diversos grados, es atributo de todos los seres, cualesquiera que sean y en cualquier estado que se sitúen, y no solamente del hombre; la libertad humana, la única de que se habla en todas las discusiones filosóficas, no se presenta desde esta perspectiva más que como un simple caso particular, que es lo que realmente es. Lo más importante, desde la perspectiva metafísica, no es la libertad relativa de los seres manifestados, como tampoco los dominios específicos y restringidos en los que sea susceptible de ejercitarse, sino la libertad entendida en sentido universal y que reside propiamente en el instante metafísico del paso de la causa al efecto, debiendo hacerse una conveniente trasposición analógica de la relación causal para que pueda ser aplicada a todos los órdenes de posibilidades. No siendo, y no pudiendo ser, esta relación causal una relación de sucesión, la efectuación debe ser considerada esencialmente aquí bajo el aspecto extratemporal, y esto tanto más cuanto que el punto de vista temporal, específico para un estado determinado de existencia manifestada, o de manera más precisa, para ciertas modalidades de ese estado, no es en modo alguno susceptible de universalización. La consecuencia de ello es que tal instante metafísico, que nos parece inaprehensible puesto que no hay solución de continuidad entre la causa y el efecto, es en realidad ilimitado, pues sobrepasa al Ser, como ya anteriormente dijimos, y es coextensivo a la Posibilidad total; constituye lo que figuradamente podemos llamar un "estado de consciencia universal", que participa de la "actividad permanente" inherente a la "causa inicial" misma.

    En el No-Ser, la ausencia de coacción no puede residir más que en la "no-acción" (el wu-wei de la tradición extremo-oriental); en el Ser o, más exactamente, en la manifestación, la libertad se efectúa en la actividad diferenciada que, en el estado individual humano, toma la forma de acción en el sentido habitual de la palabra. Por otra parte, en el dominio de la acción e incluso de toda la manifestación universal, la "libertad de indiferencia" es imposible porque es propiamente el modo de libertad que conviene a lo no manifestado (y que, rigurosamente hablando, no es en forma alguna un modo específico), es decir, que no es la libertad en tanto que posibilidad de ser, ni siquiera la libertad que pertenece al Ser (o a Dios concebido como el Ser, en sus relaciones con el Mundo entendido como el conjunto de la manifestación universal), ni por tanto a los seres manifestados que están en su dominio y participan de su naturaleza y de sus atributos según la medida de sus propias posibilidades respectivas. La realización de posibilidades de manifestación, que son las que constituyen todos los seres en todos sus estados manifestados y con todas las modificaciones, acciones u otras, que pertenecen a estos estados, esta realización –decimos– no puede pues reposar sobre una pura indiferencia (o en un decreto arbitrario de la Voluntad divina, según la teoría cartesiana bien conocida, que pretende además aplicar esta concepción de la indiferencia a Dios y al hombre a la vez), sino que está determinada por el orden de la posibilidad universal de manifestación, que es el Ser mismo, de forma que el Ser se determina no sólo en sí (en tanto que es el Ser, primera de todas las determinaciones), sino también en todas sus modalidades, que son todas las posibilidades particulares de manifestación. Es sólo en estas últimas, consideradas "distintivamente e incluso bajo el aspecto de la "separatividad", donde puede haber determinación por "otro que sí mismo"; dicho de otra forma, los seres particulares pueden a la vez determinarse (en tanto que cada uno de ellos posee una cierta unidad y por tanto una cierta libertad, como participante del Ser) y ser determinados por otros seres (en razón de la multiplicidad de seres particulares, no reintegrada en la unidad en tanto que los consideramos bajo el punto de vista de los estados de existencia manifestada). El Ser universal no puede ser determinado, pero se determina a sí mismo; en cuanto al No-Ser, no puede ni ser determinado ni determinarse, puesto que está más allá de toda determinación y no admite ninguna.

    Se deduce de lo precedente que la libertad absoluta no puede realizarse más que por la completa universalización: será "autodeterminación" en tanto que coextensiva al Ser e "indeterminación", más allá del Ser. Mientras que una libertad relativa pertenece a todo ser bajo cualquier condición -sin importar cuál sea ésta- la libertad absoluta no puede pertenecer más que al ser liberado de las condiciones de la existencia manifestada, individual o incluso supra-individual, y convertido en absolutamente "uno", habiendo alcanzado el grado del Ser puro o "sin-dualidad" si su realización sobrepasa al Ser. Es entonces, pero sólo entonces, cuando podemos hablar del ser "que es para sí mismo su propia ley", porque este ser es plenamente idéntico a su razón suficiente, que es la vez su origen principal y su destino final.

Los estados multiples del ser